¨
El estar de acuerdo con las políticas educativas de
la Institución en todos sus aspectos.
¨
Estar a paz y salvo con la Institución.
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Cancelar los derechos que se adquieren con un nuevo contrato
de matrícula.
¨
Presentarse en la fecha correspondiente a firmar dicho contrato.
¨
Presentar en regla los documentos exigidos.
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Para los alumnos que presentan dificultades en la adquisición
de logros, el Consejo Académico, estudiará cada
caso en particular y dará las recomendaciones más
adecuadas para que el alumno continúe adelante.
¨
Los estudiantes de los grados Sexto, Noveno y Undécimo,
que no han superado los logros propuestos en los diferentes
procesos formativos que contempla la resolución 2343
de 1996, en dos o más áreas obligatorias y fundamentales
del conocimiento serán estudiados por el comité
de promoción para decidir su situación académica
en forma concertada con los padres de familia, pero teniendo
siempre presente los parámetros trazados por la Ley
115 de 1994 y su decreto reglamentario 1860/94.
¨
Los estudiantes que al finalizar el año lectivo estén
bajo las determinaciones de los artículos 9,10,11 del
decreto reglamentario 230/2002, sobre reprobación.
El Consejo Académico, recomendará al Consejo
Directivo las normas a seguir, teniendo en cuenta las disponibilidades
de la Institución para admitirlos como repitentes o
aconsejarles cambio de Colegio, porque requieren de un ambiente
escolar diferentes al que la Institución les puede
brindar.